El exuniformado era investigado por atacar con una escopeta a un manifestante en la comuna de Huechuraba durante el Día del Joven Combatiente. Crespo, actualmente con arraigo nacional y firma quincenal, enfrentará a fines de 2024 un nuevo juicio, esta vez por el caso de Gustavo Gatica en 2019.
Por: Mesa de noticias de El Mostrador
Este martes, el Segundo Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago absolvió al exoficial de carabineros Claudio Crespo de los delitos que se le imputaban por hechos ocurridos en 2018 durante el Día del Joven Combatiente.
Crespo, quien se retiró de Carabineros con el rango de teniente coronel, enfrentaba acusaciones de cuasidelito de lesiones, detención ilegal y obstrucción a la investigación.
Las acusaciones surgieron después de ser denunciado por atacar a un manifestante con una escopeta en la comuna de Huechuraba. Sin embargo, tras el proceso judicial, el tribunal decidió absolverlo de estos cargos.
Esta resolución representa un revés para la fiscal Ximena Chong, quien lideró la acusación y que solicita una pena de 12 años de cárcel para Crespo, pero en el contexto del caso de Gustavo Gatica, en el cual Crespo también es señalado como responsable.En dicho caso, la preparación de juicio se realizó en marzo pasado.
Claudio Crespo está acusado como el autor de los disparos que causaron la ceguera del joven Gatica durante las manifestaciones del estallido de octubre de 2019. Aunque ha estado bajo diversas medidas cautelares, el exuniformado actualmente se encuentra con arraigo nacional y firma quincenal.
Cabe mencionar que, en diciembre de 2022, el Tribunal Constitucional (TC) determinó rechazar un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Crespo. El exfuncionario policial buscaba la inaplicabilidad de la expresión de “apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes“, lo cual fue rechazado por el tribunal.
Fuente:https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2024/06/18/excarabinero-claudio-crespo-absuelto-en-juicio-por-ataque-a-manifestante-en-2018/